El artículo 4 de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, define el servicio comunitario como “la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social…” leer pdf
El feedback de los actores (estudiantes, miembros de las comunidades, profesores) puede apuntar a mejorar la pertinencia de los planes de estudio; por lo tanto, la evaluación de los resultados finales (productos/servicios) de cada proyecto y la documentación de lecciones aprendidas, son tareas esenciales.